Cuidad de México, Méx., a 25 de octubre de 2021. (Redacción).-
La conductora de televisión Laura Bozzo consiguió que un juez federal frenara, por ahora, la orden de mantenerla en prisión preventiva justificada durante su proceso por evasión fiscal por 12 millones de pesos, a cambio deberá pagar más de dos millones de pesos.
En el amparo que Bozzo solicitó contra la medida que le fue impuesta en agosto pasado cuando la conductora fue vinculada a proceso por el delito fiscal y la orden de detenerla, presentó una ampliación de demanda.
Al revisar la ampliación de su demanda, el juez determinó que debido a que el delito que la Fiscalía General de la República le imputa no merece prisión peventiva de oficio, procede concederle una suspensión provisional para que la conductora no sea privada de su libertad hasta que se resuelva la suspensión definitiva.
“Los efectos de la concesión son para que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan y la quejosa no sea privada de su libertad personal con motivo de ese delito, hasta en tanto se resuelva lo que proceda en la suspensión definitiva”, señaló el juzgador.
Sin embargo, el juez indicó que para conservar la suspensión Laura Bozzo debe pagar una garantía por dos millones 600 mil pesos.
“La medida cautelar decretada no tiene el efecto de paralizar la continuación del procedimiento de donde deriva el acto reclamado, tal como lo establece el artículo 150 de la Ley de la Materia. Además con fundamento en los artículos 128, 164, 165, 166, 167 y 168 de la Ley de Amparo, dicha medida suspensional surtirán efectos desde luego, pero dejarán de tenerlo si la quejosa no cumple los siguientes requisitos: a) Dentro del plazo de cinco días, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación de este auto, exhiba una garantía de 2,600,000.00 (dos millones seiscientos mil pesos 00/100 moneda nacional), mediante billete de depósito, expedido a su nombre por el Banco del Bienestar, o en cualquiera de las formas que establece la ley.
“Monto que se fija en forma discrecional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 de la Ley de Amparo, tomando en consideración el daño patrimonial que dio origen a la causa de origen, siendo la cantidad de $12,760,071.00 (doce millones setecientos sesenta mil setenta y un pesos 00/100 moneda nacional), las condiciones personales manifestadas por la propia quejosa, tanto en la demanda como durante la tramitación del juicio de amparo, y las advertidas del informe justificado del Juez responsable, del que se aprecia la renuencia de la ahora quejosa a comparecer al procedimiento en cuestión y, desde luego, para evitar una posible conducta evasiva por parte de la quejosa de que se trata”.
También le ordenó presentarse ante el juez de Almoloya que ordenó detenerla en todas las audiencias que sean necesarias durante su proceso y entregar su pasaporte o pasaportes.
“Esta última medida de aseguramiento, ante la notoriedad de la directa quejosa, los medios en que se desenvuelve y las diversas nacionalidades que ostenta, lo que resulta un hecho notorio para este juzgador, en términos de lo dispuesto por el artículo 88 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, al tratarse de una figura pública, por lo que se considera una medida justificada y suficiente para garantizar su comparecencia al procedimiento de origen, pues se considera que puede contar con los medios para salir del país”, detalló el juzgador.
Interpol giró ficha roja contra Laura Bozzo
La presentadora de televisión Laura Bozzo ya era buscada en más de 190 países por la Policía Internacional (Interpol), que emitió ficha roja para su búsqueda y localización a petición de la Fiscalía General de la República (FGR), desde el 28 de septiembre.
Fuentes federales confirmaron la emisión de la ficha roja contra Bozzo, quien cuenta con una orden de aprehensión por el delito de evasión fiscal.
En agosto pasado, un juez federal vinculó a proceso a la conductora de origen peruano por el presunto delito fiscal por 12 millones de pesos, obtenidos mediante la venta indebida de un inmueble embargado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para garantizar el pago de un adeudo por 13 millones de pesos.
Asimsimo, a petición de la FGR, el juez de la causa determinó prisión preventiva justificada contra Bozzo, por lo que le dio un plazo de 48 horas para presentarse en el Centro de Prevención y Readaptación Social Santiaguito, en Almoloya, Estado de México, situación que no ocurrió, por lo que se encuentra prófuga de la justicia.
El gobierno de la 4T ha promovido la lucha contra la corrupción, el amiguismo y nepotismo dentro de las instituciones gubernamentales. Sin embargo, por acá les vamos a contar un caso que nos hace decir “ora, ora”, ya que la familia de la consejera presidenta del INE Guadalupe Taddei tiene chamba en la SCJN sin cumplir los requisitos.
Estamos hablando del hijo de la consejera presidenta del INE, quien tiene chamba como secretario auxiliar en la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel —otro personaje que ha estado en medio de la polémica por el caso de plagio de tesis— y este caso lo conocemos gracias a una investigación publicada en Eme Equis por Sandra Romandía y Santiago Alamilla.
Hijo de Guadalupe Taddei tiene chamba con la ministra Esquivel… sin cumplir los requisitos
Eme Equis reveló que Luis Rogelio Piñeda Taddei tiene contrato como secretario auxiliar II en la ponencia de Yasmín Esquivel y percibe un sueldo bruto de 82 mil 825 pesos y neto de 62 mil 611 pesotes al mes.
La bronca es que este puesto lo consiguió, de acuerdo con Eme Equis, sin cumplir con los requisitos y al poco tiempo de haber obtenido su cédula profesional como licenciado en Derecho.
Uno de los requisitos, según el Catálogo de Puestos de la SCJN, es que los/las postulantes deben tener mínimo dos años de experiencia profesional como licenciado en Derecho.
Y la cosa con Taddei es que su cédula fue expedida apenas en 2024 por la Universidad del Valle de México Campus Hermosillo
De hecho, Luis Rogelio Piñeda Taddei pasó de trabajar por honorarios en el Congreso de Sonora a secretario auxiliar en la Suprema Corte de la Justicia de la Nación con el equipo de la ministra Yasmín Esquivel.
Fuentes compartieron con Eme Equis que por aquellos lares —los de la SCJN— apenas conocen a Piñeda Taddei, cuyo nombre no aparecía en el listado del personal.
Eme Equis tocó base con Guadalupe Taddei para conocer su opinión pero no dijo mucho, sólo que no veía conflicto de interés. También buscaron a su hijo pero no lo encontraron.
Posible conflicto de interés
El punto es que esta información que reveló Eme Equis es que podría tratarse de un caso de conflicto de interés porque se trata del hijo de una funcionaria que no cumplió con los requisitos para tener el cargo.
Y se habla de dos instituciones —INE y SCJN— que próximamente tendrán que trabajar por aquello de la elección de ministros, ministras, magistrados por la Reforma al Poder Judicial.
Sí, el presidente Andrés Manuel López Obrador ya promulgó la reforma al Poder Judicial, justo antes del Grito de Independencia, pero ahora se viene la reforma a la Guardia Nacional, por lo que acá les queremos contar los cambios más importantes que plantea esta iniciativa que se discutirá en el Congreso de la Unión.
La Reforma a la Guardia Nacional
¡Oh, sí! Una vez más habrá polémica, discusiones y mucho relajo en la Cámara de Diputados y en el Senado de la República por una nueva reforma, esta vez a la Guardia Nacional y que también propuso el presidente López Obrador desde principios de este 2024.
Sí, esta nueva iniciativa propone hacer cambios en 12 artículos de la Constitución Mexicana para así comenzar también la llamada Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
Así es; este plan del gobierno quiere que el manejo de la Guardia Nacional quede en manos totalmente de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). Es decir, que una organización de seguridad civil quede bajo el mando militar.
6 cambios que deben importarte de la Reforma a la Guardia Nacional
1- Bajo el mando de la SEDENA
El principal cambio que propone la reforma a la Guardia Nacional es una modificación al artículo 21, párrafo décimo, para que esta organización se reconozca como una fuerza armada en apoyo a la seguridad pública, pero para que también quede adscrita a la Secretaría de la Defensa Nacional, y así sea la encargada de ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
Y pues aunque juran que de esta manera los miembros de la Guardia Nacional solamente recibirán capacitación y adiestramiento policiales, y que además respetarán los derechos humanos y sus accionar se sujetará a las leyes, es preocupante que una organización civil quede en manos de una dependencia militar (más si recordamos las varias veces que el Ejército se ha visto envuelto en polémicas por su manera de operar).
2- Sujeta al fuero militar
De hecho, también se plantea que, para efectos “estrictamente disciplinarios”, los guardias nacionales queden sujetos al fuero militar en caso de faltas. Aunque se promete que esto no quiere decir que no podrán estar sujetos a los tribunales civiles en caso de que cometan delitos o violaciones a los derechos humanos.
3- Participación en la investigación de delitos… ¿Qué podrán hacer los guardias nacionales?
La modificación al párrafo primero del artículo 21 permitiría que la Guardia Nacional participe en la investigación de diferentes delitos en México, siempre y cuando esté bajo el mando y conducción del Ministerio Público.
Eso sí, se prohibirá con la modificación al párrafo tercero del artículo 32, que ciudadanos extranjeros sirvan en la Guardia Nacional, así como en otras organizaciones armadas, en tiempos de paz.
Incluso, con la reforma al artículo 129, se señala que en tiempos de paz, la Guardia Nacional solo puede ejercer las funciones previstas en la Constitución y en las leyes.
Además, con una reforma a la fracción VI del artículo 55, tampoco se permitirá servir en la Guardia Nacional hasta seis meses antes de las elecciones, si es que uno de sus miembros aspira a ocupar un cargo como diputado o senador en el Congreso de la Unión… Un momento, ¿guardias nacionales en la Cámara de Diputados o el Senado?
De hecho, esto igual se menciona en la reforma a la fracción V del artículo 82, donde se indica que los miembros de esta dependencia no podrán estar en activo al menos seis meses antes, si es que aspiran a un cargo de elección popular.
4- La participación del Congreso de la Unión
Por otra parte, con la reforma a la fracción XXXI del artículo 73, se facultaría al Congreso de la Unión para que cree un pilar normativo sobre la participación del Ejército, Fuerza Aérea y Armada en tareas de seguridad ciudadana.
Sí, principalmente para que la capacitación de estas organizaciones se ajuste a la fuerza policial y no bélica, y para que no asuman funciones de las instituciones de procuración de justicia o policía judicial o ministerial. Y también su actuación se someta a una fiscalización y rendición de cuentas.
Y eso no es todo, ya que con la reforma al artículo 78, se propone facultar a las comisiones permanentes del Congreso y del Senado para que ratifiquen los nombramientos de coroneles y otros jefes superiores de la Guardia Nacional que lleve a cabo el o la presidenta de México.
5- La presidenta podrá echar mano de la Guardia Nacional
La reforma a la fracción VI del artículo 89 propone que la presidenta (o presidente) podrá disponer de la Guardia Nacional para la seguridad interior y la defensa exterior, siempre y cuando crea que es muy necesario.
6- Tendrán los mismos derechos y prestaciones que el Ejército
Y ya para acabar, con la reforma a la fracción XIII del apartado B del artículo 123, se reconocería que los miembros de la Guardia Nacional tendrían los mismos derechos y goce de prestaciones que tienen los integrantes de las Fuerzas Armadas.
“La Guardia Nacional, al igual que las Fuerzas Armadas a las que pertenece, se
regirán por sus propias leyes en materia laboral”, se lee en la iniciativa.
¿Cómo ven la reforma a la Guardia Nacional? ¿Qué cambio les llama más la atención? Aunque se jura y perjura que esta organización no se militarizará, que respetará los derechos humanos y que incluso se sujetará a los tribunales civiles cuando cometan delitos sus integrantes, pues sí hay varios detalles que hacen pensar lo contrario, empezando porque su control quedará en manos de la SEDENA.
Por si estaban con el pendiente, ahora que ya se promulgó la reforma judicial, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) decidió ponerle fin al paro que había en juzgados y tribunales federales. Se retomarán labores el 23 de septiembre.
Ministra presidenta Norma Piña votó en contra
“Se levanta la suspensión de plazos y términos en los juicios tramitados en los órganos jurisdiccionales federales y áreas administrativas”, señala la circular del CJF citada por diversos medios.
El fin del paro se decidió por mayoría de votos, siendo la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña, una de las que votó en contra. También le dijo “no” a levantar el paro la consejera Lilia Mónica López.
Habrá mesas de trabajo con trabajadores del Poder Judicial que continúan en paro
De acuerdo con Animal Político, los convocados a dichas mesas de trabajo son personas de los juzgados que, una vez aprobada la reforma judicial, decidieron mantenerse en paro… al menos hasta que el CJF ofrezca garantías de protección de derechos laborales.
Así que, según la circular con el que el CJF pone fin al paro en juzgados y tribunales federales, será mañana, 20 de septiembre, cuando inicien las mesas de diálogo con los trabajadores en paro. Ahí se espera comenzar a analizar demandas de varios, vaaaaarios trabajadores del Poder Judicial que están en paro desde el 19 de agosto.
Levantar el paro es la segunda acción que realiza el CJF relacionada con la transición que tiene que realizar el Poder Judicial tras la aprobación de la reforma judicial. La primera, según Proceso, fue reducir la edad en la que jueces y magistrados federales pueden solicitar su jubilación.