Ok, ya pasamos el muy necesario puente de las fiestas patrias, pero seguro hay quienes se preguntan ¿cuándo es el último del 2024?
Sí, cuándo es el último puente de 2024. Y para prepararnos, por acá les compartimos las últimas fechas clave de los descansos obligatorios que le quedan a este año.
Y a todo esto, ¿cuándo es el último puente de 2024?
Nos quedan dos fechas importantes y un sólo puente —a menos que en diciembre ocurra un milagro de Navidad y se arme el megapuente.
La primera fecha de descanso oficial es el martes 1° de octubre porque será la toma de protesta de Claudia Sheinbaum como presidenta. Es decir, la famosa transición de gobierno de cada 6 años.
Luego viene el último puente de 2024: el del lunes 18 de noviembre por el aniversario de la Revolución Mexicana.
Por cierto, los días 31 de octubre ni 1° ni 2 de noviembre están marcados como descanso oficial ni por la Ley Federal del Trabajo ni por el calendario de la SEP.
Dicho esto, nos vamos al miércoles 25 de diciembre. Navidad. El último día de descanso obligatorio de 2024 y que pues… no sería un día de puente, a menos que pase un milagro navideño laboral.
Sí, el presidente Andrés Manuel López Obrador ya promulgó la reforma al Poder Judicial, justo antes del Grito de Independencia, pero ahora se viene la reforma a la Guardia Nacional, por lo que acá les queremos contar los cambios más importantes que plantea esta iniciativa que se discutirá en el Congreso de la Unión.
La Reforma a la Guardia Nacional
¡Oh, sí! Una vez más habrá polémica, discusiones y mucho relajo en la Cámara de Diputados y en el Senado de la República por una nueva reforma, esta vez a la Guardia Nacional y que también propuso el presidente López Obrador desde principios de este 2024.
Sí, esta nueva iniciativa propone hacer cambios en 12 artículos de la Constitución Mexicana para así comenzar también la llamada Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
Así es; este plan del gobierno quiere que el manejo de la Guardia Nacional quede en manos totalmente de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). Es decir, que una organización de seguridad civil quede bajo el mando militar.
6 cambios que deben importarte de la Reforma a la Guardia Nacional
1- Bajo el mando de la SEDENA
El principal cambio que propone la reforma a la Guardia Nacional es una modificación al artículo 21, párrafo décimo, para que esta organización se reconozca como una fuerza armada en apoyo a la seguridad pública, pero para que también quede adscrita a la Secretaría de la Defensa Nacional, y así sea la encargada de ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
Y pues aunque juran que de esta manera los miembros de la Guardia Nacional solamente recibirán capacitación y adiestramiento policiales, y que además respetarán los derechos humanos y sus accionar se sujetará a las leyes, es preocupante que una organización civil quede en manos de una dependencia militar (más si recordamos las varias veces que el Ejército se ha visto envuelto en polémicas por su manera de operar).
2- Sujeta al fuero militar
De hecho, también se plantea que, para efectos “estrictamente disciplinarios”, los guardias nacionales queden sujetos al fuero militar en caso de faltas. Aunque se promete que esto no quiere decir que no podrán estar sujetos a los tribunales civiles en caso de que cometan delitos o violaciones a los derechos humanos.
3- Participación en la investigación de delitos… ¿Qué podrán hacer los guardias nacionales?
La modificación al párrafo primero del artículo 21 permitiría que la Guardia Nacional participe en la investigación de diferentes delitos en México, siempre y cuando esté bajo el mando y conducción del Ministerio Público.
Eso sí, se prohibirá con la modificación al párrafo tercero del artículo 32, que ciudadanos extranjeros sirvan en la Guardia Nacional, así como en otras organizaciones armadas, en tiempos de paz.
Incluso, con la reforma al artículo 129, se señala que en tiempos de paz, la Guardia Nacional solo puede ejercer las funciones previstas en la Constitución y en las leyes.
Además, con una reforma a la fracción VI del artículo 55, tampoco se permitirá servir en la Guardia Nacional hasta seis meses antes de las elecciones, si es que uno de sus miembros aspira a ocupar un cargo como diputado o senador en el Congreso de la Unión… Un momento, ¿guardias nacionales en la Cámara de Diputados o el Senado?
De hecho, esto igual se menciona en la reforma a la fracción V del artículo 82, donde se indica que los miembros de esta dependencia no podrán estar en activo al menos seis meses antes, si es que aspiran a un cargo de elección popular.
4- La participación del Congreso de la Unión
Por otra parte, con la reforma a la fracción XXXI del artículo 73, se facultaría al Congreso de la Unión para que cree un pilar normativo sobre la participación del Ejército, Fuerza Aérea y Armada en tareas de seguridad ciudadana.
Sí, principalmente para que la capacitación de estas organizaciones se ajuste a la fuerza policial y no bélica, y para que no asuman funciones de las instituciones de procuración de justicia o policía judicial o ministerial. Y también su actuación se someta a una fiscalización y rendición de cuentas.
Y eso no es todo, ya que con la reforma al artículo 78, se propone facultar a las comisiones permanentes del Congreso y del Senado para que ratifiquen los nombramientos de coroneles y otros jefes superiores de la Guardia Nacional que lleve a cabo el o la presidenta de México.
5- La presidenta podrá echar mano de la Guardia Nacional
La reforma a la fracción VI del artículo 89 propone que la presidenta (o presidente) podrá disponer de la Guardia Nacional para la seguridad interior y la defensa exterior, siempre y cuando crea que es muy necesario.
6- Tendrán los mismos derechos y prestaciones que el Ejército
Y ya para acabar, con la reforma a la fracción XIII del apartado B del artículo 123, se reconocería que los miembros de la Guardia Nacional tendrían los mismos derechos y goce de prestaciones que tienen los integrantes de las Fuerzas Armadas.
“La Guardia Nacional, al igual que las Fuerzas Armadas a las que pertenece, se
regirán por sus propias leyes en materia laboral”, se lee en la iniciativa.
¿Cómo ven la reforma a la Guardia Nacional? ¿Qué cambio les llama más la atención? Aunque se jura y perjura que esta organización no se militarizará, que respetará los derechos humanos y que incluso se sujetará a los tribunales civiles cuando cometan delitos sus integrantes, pues sí hay varios detalles que hacen pensar lo contrario, empezando porque su control quedará en manos de la SEDENA.
Por si estaban con el pendiente, ahora que ya se promulgó la reforma judicial, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) decidió ponerle fin al paro que había en juzgados y tribunales federales. Se retomarán labores el 23 de septiembre.
Ministra presidenta Norma Piña votó en contra
“Se levanta la suspensión de plazos y términos en los juicios tramitados en los órganos jurisdiccionales federales y áreas administrativas”, señala la circular del CJF citada por diversos medios.
El fin del paro se decidió por mayoría de votos, siendo la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña, una de las que votó en contra. También le dijo “no” a levantar el paro la consejera Lilia Mónica López.
Habrá mesas de trabajo con trabajadores del Poder Judicial que continúan en paro
De acuerdo con Animal Político, los convocados a dichas mesas de trabajo son personas de los juzgados que, una vez aprobada la reforma judicial, decidieron mantenerse en paro… al menos hasta que el CJF ofrezca garantías de protección de derechos laborales.
Así que, según la circular con el que el CJF pone fin al paro en juzgados y tribunales federales, será mañana, 20 de septiembre, cuando inicien las mesas de diálogo con los trabajadores en paro. Ahí se espera comenzar a analizar demandas de varios, vaaaaarios trabajadores del Poder Judicial que están en paro desde el 19 de agosto.
Levantar el paro es la segunda acción que realiza el CJF relacionada con la transición que tiene que realizar el Poder Judicial tras la aprobación de la reforma judicial. La primera, según Proceso, fue reducir la edad en la que jueces y magistrados federales pueden solicitar su jubilación.
¿Ya lo habían notado o apenas se van enterando de esto? Al parecer la popular red social de videos TikTok ha empezado a borrar aquellos contenidos en los cuales se muestra la actual situación que se vive en Culiacán por el presunto enfrentamiento de diferentes facciones del Cártel de Sinaloa.
TikTok borra los videos de lo que pasa en Sinaloa
Como les contábamos aquí arriba, al parecer TikTok ha comenzado a borrar aquellos videos en los que se muestra la violencia que desde hace varios días se vive en Culiacán, capital del estado de Sinaloa, como las balaceras que se han desatado en algunas colonias, así como los bloqueos que se han hecho en algunas vialidades con camiones incendiados.
Así es; al menos eso es lo que cuentan algunos usuarios de redes sociales, quienes aseguran que TikTok baja las grabaciones en las que aparecen armas de fuego, se escuchan disparos, se ven personas heridas o simplemente llamas.
¿Por qué TikTok borra los videos de Culiacán?
Tal y como lo señalan usuarios, TikTok anda borrando los videos con los que se da a conocer la situación actual de Culiacán porque se muestran armas, heridos o fuego, lo cual se debe a las políticas de esta red social.
“Nuestras políticas tienen como objetivo evitar la promoción o publicidad de productos que puedan causar o implicar violencia o daño físico”, se indica en su página oficial como uno de sus principios.
Por esta razón, indican, no permiten que se muestren o promuevan el uso de armas peligrosas, municiones, explosivos en la vida real, además de otros objetos que puedan provocar daño a las personas.
Además explican que no se permite mostrar o promocionar, vender, solicitar o dar acceso a equipo y material policial o militar, tal y como uniformes policiales o militares, chalecos, esposas, botas u otros accesorios parecidos.
Todos estos elementos prohibidos por TikTok, como podrán darse cuenta, coinciden con lo que se muestra en los videos de la situación actual de Culiacán.
¿Por qué esto es un problema?
Pues si nos ponemos a pensar que además de los medios de comunicación locales, las redes sociales son las únicas vías directas para conocer la situación que se vive actualmente en Culiacán, Sinaloa (siempre tomando en cuenta que igual existen fake news), y en este caso TikTok prohíbe subir videos que muestran la violencia que ocurre en el estado, se cierra una manera de estar informados sobre lo que atraviesan sus habitantes.
Porque sí, una cosa es que se publiquen videos de ejecuciones o fotos donde se muestran víctimas humanas, pero otra es que se publiquen imágenes para dimensionar lo que miles de personas viven actualmente por los enfrentamientos entre grupos criminales (balaceras, bloqueos, operativos militares y más).
De esta manera, esta red social podría estar censurando grabaciones que solamente tienen la finalidad de informar, de exponer los hechos que tienen encerradas a varias familias que temen salir a las calles y que a la vez prueban la ineficiencia de las autoridades locales, estatales y federales.
¿Tú qué piensas de que TikTok baje lo videos de lo que se vive actualmente en Culiacán?