Si el 21 de agosto de 2024 el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación valida el número de legisladores de representación proporcional necesarios para que el bloque oficialista tenga mayorías calificadas, el presidente López Obrador y su sucesora quedarían habilitados para aprobar el bloque de reformas que se ha impulsado desde palacio nacional, y entre las que la reforma al poder judicial ha cobrado mucha relevancia pública.
Edificio del Poder Judicial de la Federación
Desafortunadamente, ese debate en lo general ha estado polarizado, marcado por afiliaciones partidistas y no ha permitido hacer una evaluación justa sobre el estado que guarda el poder judicial, las deudas que tiene con la sociedad mexicana y los pequeños logros que se consiguieron en el siglo XXI en materia de justicia.
Mi intención en este texto, que es una primera entrega, no es desarrollar cada punto de la reforma judicial, tampoco hacer una propuesta concreta sobre el poder judicial que se necesita en el país, sino reflexionar sobre los principales planteamientos y argumentos que el oficialismo y sus voceros ha esgrimido para defenderla.
En una segunda entrega desarrollaré los planteamientos que la oposición ha utilizado para negarse a esta reforma y por qué pierde una y otra vez el debate público.
Identifico tres planteamientos principales en el oficialismo y sus voceros:
El primero es la importancia de acercar a los miembros del poder judicial con la sociedad. Es decir, atacar el elitismo judicial. Nadie que viva en México y haya transitado por el aparato de procuración y aplicación de justicia puede negar que obtener justicia es un reto casi imposible de superar, sobre todo para quienes cuentan con menos recursos. Existe suficiente evidencia sobre ello.
Accesibilidad a la justicia
Si bien eso se debe, en gran medida, al pésimo trabajo de los ministerios públicos que, a menudo, se niegan a iniciar carpetas de investigación, están rebasados por el trabajo, mantienen altos niveles de corrupción y se rehúsan o son incapaces de investigar adecuadamente presuntos delitos; también es cierto que los impartidores de justicia han tomado decisiones en la obscuridad, al margen de la ley y sin dar cuentas a nadie.
Podría compartir datos descriptivos al respecto, pero en esta ocasión basta recordar casos tan emblemáticos como el de Florance Cassez e Israel Vallarta donde, además de los ministerios públicos, los aplicadores de justicia jugaron papeles francamente vergonzosos.
Frente a esa realidad, quienes pueden pagar una buena defensa, a menudo costosa, tienen más chances de dar seguimiento a sus casos, aportar pruebas que debería obtener el ministerio público y aspirar a un juicio justo. Por tanto, la exigencia del oficialismo respaldada por un gran pedazo del electorado mexicano sobre la necesidad de hacer más accesible el poder judicial tiene todo el sentido.
No obstante, la iniciativa presentada por el presidente no prevé una reforma a los ministerios públicos, no se interesa en hacer un diagnóstico profundo sobre los poderes judiciales locales en donde se tramita la gran mayoría de delitos (los del fuero común) y da por hecho que la selección popular de jueces, magistrados y ministros es una solución en sí misma a la poca accesibilidad de la sociedad a la justicia. Si eso fuera cierto, todos tendríamos acceso al Presidente de México, a los Senadores, Diputados y Gobernadores. Que los lectores evalúen si votar a sus representantes los ha acercado a ellos.
La selección popular de jueces, magistrados y ministros es una solución en sí misma a la poca accesibilidad de la sociedad a la justicia
El segundo argumento del oficialismo es que con la reforma se obligará a los jueces, magistrados y ministros a dar cuentas al electorado mexicano. Se dice que, al introducir el voto popular como mecanismo de elección de los miembros del poder judicial, así como separar al consejo de la judicatura de la cúpula del poder judicial, se incentiva la rendición de cuentas por parte de los impartidores de justicia, ya que cada decisión que tomen será evaluada por el electorado y vigilada por una judicatura que no estará controlada por el propio poder judicial. Este argumento, que en la fachada es potente, no necesariamente cumple con la finalidad de transparentar al poder judicial.
Como pasa con otros poderes del estado que ya se eligen por voto popular, los miembros de una institución no siempre ven a la ciudadanía como el actor al que deben rendir cuentas, sino más bien a quienes controlan los accesos a las candidaturas y financian las campañas. Esto es particularmente cierto en sistemas que no poseen voto obligatorio y los candidatos ganan con mayorías relativas pequeñas, por lo que controlar porciones del electorado puede asegurar triunfos minoritarios.
Además, con la iniciativa no está claro de qué manera los ciudadanos podrían conocer a los candidatos a jueces, magistrados y ministros, cómo se financiarían sus campañas, qué tipo de propuestas estarían permitidas y si realmente un ciudadano convencional asumiría los costos propios de informarse antes de votar. Todos estos son elementos fundamentales para analizar las repercusiones concretas que una reforma de este tipo pude tener.
Con esto no quiero decir que la elección no popular sino indirecta sí asegura la existencia de un poder judicial vigilado y transparente. La historia nos ha mostrado justo lo contrario. Por supuesto que la participación ciudadana es fundamental en todo sistema democrático, aunque el purismo liberal deja muy en claro que la justicia no debe estar en manos de la mayoría, también es verdad que en México la justicia solo se aparece de vez en cuándo y para unos pocos.
En este sentido, argumentar que el poder judicial funciona cuando las mayorías no se involucran es algo que podemos desechar empíricamente.
Transparencia
En lo que a la judicatura respecta, parece haber consenso entre los especialistas en la urgencia de separar la presidencia de la Corte de la presidencia del Consejo de la Judicatura. De esta manera se espera que la vigilancia y disciplina judicial sean imparciales y no estén distorsionadas por la influencia de ministros de la Corte sobre sentencias de magistrados y jueces atemorizados por ser castigados de manera facciosa. Ejemplos sobre esto último sobran.
Entre los casos públicos recientes resalta el que involucra a Arturo Zaldívar en presiones ilegales sobre jueces. No obstante, suponer que el verdadero problema del poder judicial reside en el control vertical que la Corte tiene sobre toda la institución es olvidar que los problemas que más afectan a la sociedad tienen que ver con delitos del fuero común que, en su mayoría, no están relacionados con temas políticamente sensibles.
El tercero, esgrimido por los más radicales del oficialismo, radica en la importancia de controlar el poder judicial, principalmente la Corte, para evitar que alguna institución pueda echar atrás parte del proyecto político de la autodenominada 4T. Se argumenta que se necesita un poder judicial colaboracionista con el gobierno para lograr la épica obradorista. Este planteamiento abre un debate árido y complejo sobre la democracia que se quiere. En occidente, la democracia liberal, a la que algunos nos adscribimos, reconoce la legitimidad popular como el origen constitutivo del poder público, pero no necesariamente como el motor de acción de un gobierno.
Suprema Corte de la Nación
El voto es, sin duda, el instrumento esencial para elegir representantes que tomarán decisiones en nuestro nombre. Sin embargo, no suele ser la herramienta que habilita a un gobernante para tomar decisiones.
Me explico, la virtual presidenta de México es tal gracias a la votación mayoritaria del electorado (mayoría relativa para ser más específico), pero un liberal esperaría que ya como presidenta no puede invocar esa mayoría para pasar por encima de derechos fundamentales. Por ejemplo, en una democracia liberal, aunque la mayoría del electorado mexicano exigiera que las mujeres no tengan el derecho a estudiar, el entramado jurídico nacional e internacional serviría como una contención a ese impulso mayoritario.
En otras palabras, sobre la mayoría están los derechos. Eso no es necesariamente lo que ocurre en una democracia popular, donde la mayoría es capaz de imponerse por el simple hecho de serlo. En este sentido, quienes suponen que la mayoría oficialista debería estar por encima de los derechos de alguna minoría están exigiendo, en los hechos, un sistema democrático no liberal.
Un ejemplo concreto es la reforma al artículo 19 constitucional que llevó a cabo el bloque oficialista durante este sexenio para aumentar el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa. Encarcelar a personas que en estricto sentido son inocentes, violenta de manera flagrante el derecho de libertad que todas y todos tenemos. Sin embargo, el oficialismo ha pugnado por esta vía y ha reclamado su validez argumentando que tienen los votos necesarios para hacerlo. Es evidente que su lectura democrática es fundamentalmente popular, no liberal, y este es un debate que en algún momento se tendrá que dar en el país.
“Es evidente que su lectura democrática es fundamentalmente popular, no liberal”.
Como se puede ver, los planteamientos y argumentos anteriores son endebles, no justifican una reforma de esta naturaleza y, lo más importante, no modificarán el estado que guarda la justicia en México. Si en el oficialismo creen lo contrario, entonces en pocos años podremos reclamar al gobierno un país sin impunidad y con justicia total. Aun así, queda en el aire la pregunta; ¿por qué esta es una propuesta tan popular? En la segunda entrega expondré una respuesta a modo de hipótesis.